Los defectos constructivos o vicios ocultos son comunes, aunque la mayoría de estos son menores y bastante intrascendentes. Sin embargo, los defectos constructivos más peligrosos podrían provocar daños a las personas o propiedad en sí.
Independientemente de si el defecto es de naturaleza menor o mayor, el problema persiste: los defectos constructivos generalmente no se descubren hasta mucho después de la finalización del trabajo, y si no se reclaman en tiempo, se pierde la oportunidad de poder hacerlo.
En general, los defectos constructivos se refieren a una deficiencia en el proceso de construcción, ya sea en el diseño, en la dirección o en la ejecución de la obra y pueden poner en peligro la habitabilidad y seguridad del inmueble o la salud de las personas . Por ende en caso de que tu vivienda presente algún vicio oculto, reclama con especialistas, reclama con dpcon y hazlo a tiempo, ya que cada vez el peligro que esto representa puede ser mayor.
Dependiendo de la entidad y la naturaleza de los defectos constructivos, en España, existen distintos plazos de garantía para que puedan ser reclamados. Vamos a ver la clasificación de los tipos de daños:
-Defectos de acabado. Son los defectos de ejecución, que no causan mayores perjuicios salvo los estéticos: Pueden ser picazos, rayaduras, acabados mal ejecutados, diferencia de tonalidad de pinturas etc… Existe el plazo de 1 año para reclamarlos.
-Daños que afectan a la habitabilidad de la vivienda. Son defectos que pueden afectar a la habitabilidad o a la funcionalidad de un inmueble. Pueden ser humedades, filtraciones, falta de aislamiento acústico, filtración de aire, incumplimientos de normativa de salubridad, anti incendios, etc… Existe un plazo de garantía de 3 años para reclamarlos.
-Daños estructurales. Son los daños que tienen su origen en la estructura del inmueble, y que pueden poner en peligro la seguridad, la estabilidad y la horizontalidad de la vivienda. Son los peligrosos asientos diferenciales, que aparecen en el inmueble a través de grietas , que vienen a significar importantes problemas en la cimentación de la vivienda. Existe un plazo de 10 años para su reclamación.
¿Cómo minimizar los defectos constructivos?
Hay medidas proactivas que todos pueden tomar para disminuir la posibilidad de encontrar uno, tales como:
Contratar a los mejores profesionales , empresas solventes y reconocidas en el mercado. Y una buena dirección facultativa, un buen proyectista (arquitecto) , que haga de director superior de la obra, y un buen aparejador, que supervise a pie de obra todos los trabajos para comprobar que todo se ejecuta de forma adecuada y según lo proyectado.
-Implementar programas de control de calidad: Todos son responsables en última instancia de evitar defectos constructivos, por lo que debe haber un esfuerzo en conjunto para colaborar en ello. Contratando a un Organismo de Control de Calidad, una entidad ajena, que vele por la buena ejecución de la obra, controlando todo el proceso constructivo. Un grupo de personas se debe reunir regularmente, revisar los planes y hacer evaluaciones ocasionales al sitio.
-Actuar rápido: Si se descubre un defecto, se debe hacer un recorrido, determinar cuál es el problema y presentarlo al promotor o dirección facultativa lo antes posible. En el caso de discrepancia se debería encargar un informe pericial a un tercero, a un perito experto, para que determine cuál es la forma de reparación más adecuada. Y posteriormente , acudir a un abogado especialista en derecho de la construcción para reclamárselo judicialmente.
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